TOLABA, CARLA MICAELA c/ MEIAI ZHANG s/DESPIDO
La actora reclamó por despido indirecto, y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia al aplicar el incremento indemnizatorio previsto en el DNU 34/2019.
Despido indirecto
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y aplicó el incremento del 100% en la indemnización por despido previsto en el DNU 34/2019, al considerar que este beneficio es aplicable también a los casos de despido indirecto. Además, confirmó las costas de primera instancia a cargo del demandado y reguló nuevos honorarios. "En efecto, si bien es cierto que en el art. 2 del decreto en cuestión, se enmarcó el ámbito material de aplicación de aquél al "despido sin justa causa", mas no lo es menos que en dicho precepto corresponde tener por incluido el despido en el que no se hubiera probado la injuria invocada, como también el presupuesto como el de marras, en dónde la trabajadora se colocó legítimamente en situación de despido indirecto." "Por lo tanto y teniendo en cuenta el conocido aforismo que reza; "donde la ley no distingue, nosotros no debemos distinguir", es que no encuentro motivos válidos para excluir del ámbito de aplicación del DNU 34/2019 a los despidos indirectos, cuando ha sido el propio Poder Ejecutivo quien no los excluyó del ámbito de su aplicación."
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