Recurso Queja Nº 1 - VILLALBA EDUARDO JAVIER c/ ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO LIDERAR S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Trabajador accidentado demanda a ART. Cámara confirma que el Fondo de Reserva debe responder por intereses, costas y honorarios.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia que rechazó la aplicación del Decreto 1022/17 y dispuso que el Fondo de Reserva creado por la Ley de Riesgos del Trabajo debe responder por la totalidad de los intereses aplicados al capital de condena, más las costas y honorarios.
Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- El Decreto 1022/17, al pretender limitar las obligaciones del Fondo de Reserva excluyendo honorarios y gastos, no constituye un ejercicio regular de facultades reglamentarias, ya que conspira contra el espíritu y finalidad de la normativa, pues si el patrocinio jurídico es obligatorio y su costo está a cargo de la aseguradora, no es lógico que dichos gastos no sean cubiertos.
- Respecto a limitar la responsabilidad por intereses a la fecha de la liquidación forzada de la ART, se consideró que esto revela una "notoria confusión" sobre la incidencia de la naturaleza de las obligaciones y una "equivocada interpretación" de las normas invocadas, ya que los intereses suspendidos por la quiebra se reanudan una vez concluida la misma.
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