GODOY, MARCELA FABIANA c/ OBRA SOCIAL DEL SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR s/DESPIDO
La trabajadora promovió demanda por despido incausado. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que condenó a la obra social al pago de las indemnizaciones por despido.
Despido incausado
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y condenó a la obra social al pago de las indemnizaciones por despido. El tribunal señaló que la obra social no acreditó que no pudiera otorgar tareas livianas compatibles con la aptitud física de la trabajadora, a pesar de tener ella el alta médica con limitaciones. Los testimonios demostraron que la empleadora contaba con tareas diferenciadas para trabajadores con restricciones. Por lo tanto, el tribunal consideró que la negativa de la obra social a reingresar a la trabajadora con tareas acordes a su estado de salud configuró un despido injustificado. En cuanto a la actualización del crédito, el tribunal estableció que los montos deben ser actualizados mediante el índice RIPTE más una tasa de interés anual del 7%, en caso de que la aplicación de la fórmula prevista en el Acta CNAT N° 2764 arrojara un resultado desproporcionado.
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