ROJO, DAMIAN GABRIEL c/ CASERTA, MARIO Y OTRO s/DESPIDO
El trabajador demandó por despido y la Cámara confirmó la imposición de costas en primera instancia, al entender que el accionante pudo verosímilmente considerarse asistido de mejor derecho.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que impuso las costas en el orden causado, al considerar que el trabajador pudo verosímilmente creerse asistido de un mejor derecho. La Cámara señaló que el art. 68 del CPCCN permite al juez eximir al litigante vencido del pago de las costas cuando encuentre mérito para ello, como cuando el trabajador pudo considerarse asistido de un mejor derecho al finalmente reconocido. Dado que en autos es dable estimar que el accionante pudo verosímilmente considerarse asistido de mejor derecho en su reclamo, corresponde confirmar la imposición de costas en primera instancia, sin costas en la Alzada. Respecto a los honorarios apelados, la Cámara consideró que resultan conformes a la ley arancelaria y proporcionales a la labor profesional cumplida, por lo que se los confirma.
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