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ARGAÑARAZ, CLAUDIO DAVID c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El trabajador apeló la sentencia que fijó su incapacidad y los honorarios del perito. La Cámara confirma las conclusiones periciales sobre la incapacidad física y psíquica, y la regulación de honorarios.

Incapacidad fisica Accidente de trabajo Incapacidad psiquica Regulacion de honorarios Ley 26 773 Ley 27 348

Recurso contra resolución de Comisión Médica sobre incapacidad luego de accidente de trabajo.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que fijó una incapacidad física de 9% y psíquica de 10% de la T.O. Considera razonable la regulación de honorarios del perito y del letrado del actor.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Respecto a la incapacidad física, la Cámara entiende que la demandada no logró rebatir con elementos científicos el dictamen pericial médico, que tuvo pleno valor probatorio.
- Sobre la incapacidad psíquica, la Cámara consideró que el reclamo del actor fue suficientemente introducido y le permitió a la demandada ejercer su defensa, y que la cuantificación de la incapacidad en 10% de la T.O. estuvo debidamente fundamentada.
- En cuanto a los intereses, la Cámara consideró que correspondía aplicarlos desde la fecha del accidente, por ser posterior a la entrada en vigencia de la Ley 26.773.
- Respecto a los honorarios, la Cámara consideró que fueron regulados de manera razonable.

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