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BORDA, NICOLAS Y OTROS c/ COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES s/DIFERENCIAS DE SALARIOS

El actor reclamó diferencias salariales por falta de aplicación de aumentos. La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia y ordenó recalcular las diferencias salariales aplicando la capitalización de intereses con un límite máximo.

Capitalizacion de intereses Codigo civil y comercial Inflacion Diferencias salariales Aumento salarial Empleado publico Contrato colectivo

Diferencias salariales por falta de aplicación de aumentos acordados

¿Qué se resolvió?


- Se confirmó la procedencia de las diferencias salariales reclamadas, rechazando los agravios de la demandada.
- Se modificó la sentencia de primera instancia para que el perito contador recalcule las diferencias salariales desde el 25/05/2012 hasta el 17/11/2022, aplicando el incremento del 19,90% sobre los rubros remunerativos.
- Se confirmó la capitalización anual de intereses desde la notificación de la demanda, pero con un límite máximo determinado por la actualización del capital histórico por el IPC más una tasa de interés pura del 6% anual.
- Las costas de ambas instancias se impusieron a la demandada.
- Se difirieron las regulaciones de honorarios hasta la aprobación de la nueva liquidación. Fundamentos principales:
- La circunstancia de que la demandante sea empleada del Ministerio de Justicia no afecta la procedencia del reclamo, ya que la demandada se hacía cargo de una parte de los salarios.
- La decisión del Ministerio de Justicia de absorber los aumentos acordados en el CCT excedió su competencia y no puede afectar lo pactado por las partes.
- La capitalización anual de intereses es procedente en el marco del art. 770 inc. b) del Código Civil y Comercial, para evitar la licuación del crédito laboral por la inflación, estableciéndose un límite máximo por aplicación del art. 771.

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