OJEDA, REYNALDO ISMAEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia y dispuso que el monto de condena devengue intereses conforme a la tasa fijada por el Banco de Nación Argentina.
¿Quién es el actor?
Reynaldo Ismael Ojeda
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia para disponer que el monto de condena devengue intereses desde la fecha dispuesta en grado, conforme la tasa de interés fijada por el Banco de Nación Argentina, con capitalización anual a partir de la notificación de la demanda. En lo demás, confirmó la sentencia de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara consideró que la tasa de interés activa del Banco Nación es el remedio adecuado para compensar el envilecimiento del signo monetario de los créditos laborales, sin necesidad de declarar la inconstitucionalidad de las normas que vedan la actualización.
- Respecto a la capitalización anual, la Cámara la dispuso en los términos del art. 770 inc. b) del CCyC, por ser un criterio equitativo y razonable para compensar a la persona acreedora por la privación del capital.
- Adicionalmente, se estableció un límite máximo en la aplicación de la capitalización, equivalente a la suma resultante de actualizar el capital histórico por IPC más una tasa de interés pura del 6% anual.
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