DENIZ ROSA ALICIA c/ CLINICA MODELO DE PSIQUIATRIA S.A. Y OTROS s/DESPIDO
La actora recurrió la sentencia que fijó en 12 salarios la sanción por omisión de aportes. La Cámara mantuvo el monto por considerarlo razonable y proporcionado al incumplimiento.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar parcialmente a la demanda. Estableció que el monto de la sanción por omisión de aportes, fijado en 12 salarios, era razonable y proporcionado al incumplimiento, desestimando el agravio de la actora que pretendía una sanción mayor. Los jueces indicaron que "por tratarse de una sanción conminatoria, como lo establece la propia norma, a mi juicio posibilita, en función de su naturaleza, el análisis de la conducta del deudor, de modo que existe la posibilidad de reducirla o de dejarla sin efecto, conforme a las circunstancias de cada caso, en tanto que, en el sublite y en función de lo expuesto, la aplicación lisa y llana del precepto en análisis en la forma pretendida por el recurrente luce irrazonable, puesto que, de admitirse la pretensión, la magnitud de la penalidad no guardaría proporción alguna con el incumplimiento que se penaliza".
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