NEGLIA, MARIA FLORENCIA (4A) c/ AFLALLO, DOLORES INES DE LOS MILAGROS Y OTROS s/DESPIDO
La actora demandó a los codemandados por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia y elevó los honorarios de la representación letrada de la actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora demandó a los codemandados Jorge Amado Arias y Dolores Inés de los Milagros Aflallo por despido. En primera instancia se tuvo por acreditada la relación laboral entre las partes y se condenó a los codemandados al pago de las indemnizaciones por despido, multa del art. 2 Ley 25.323, diferencias salariales y sanciones de la Ley 24.013. Los codemandados apelaron.
La Cámara confirmó la existencia de la relación laboral, considerando que la prueba testimonial aportada resultaba convincente. Asimismo, confirmó la procedencia de la multa del art. 80 LCT y de las sanciones de la Ley 24.013. En cuanto a los honorarios, elevó los de la representación letrada de la actora al 24% del monto de condena, por considerarlos bajos en origen. Las costas de alzada se impusieron a los codemandados apelantes.
Fundamentos principales:
- Se acreditó la relación laboral entre la actora y los codemandados Arias y Aflallo mediante las declaraciones testimoniales.
- Correspondía aplicar la presunción del art. 23 LCT ante la acreditación de la prestación de servicios.
- Procedía la multa del art. 80 LCT y las sanciones de la Ley 24.013 al haberse acreditado los incumplimientos patronales.
- Los honorarios de la representación letrada de la actora fueron elevados al considerarse bajos en origen.
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