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BERNARDEZ, CARLOS ALBERTO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor demandó por accidente de trabajo y la Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que le otorgó prestaciones dinerarias.

Intereses Actualizacion monetaria Accidente de trabajo Ley 24 557 Prestaciones dinerarias

Prestaciones dinerarias por accidentes de trabajo sufridos el 13/10/2015 y 06/10/2018.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció el derecho del actor a percibir las prestaciones reclamadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema ha sostenido que la ley 26.773 no estableció el reajuste de las prestaciones por el índice RIPTE.
- Aunque no es posible aplicar disposiciones para reajustar los créditos, no puede soslayarse el notorio proceso inflacionario que afecta su integridad.
- Los intereses dispuestos por la Resolución 2764/22 de la CNAT son una decisión adecuada para preservar el valor del capital frente a la desvalorización monetaria, evitando la descalificación de las previsiones legales.
- Se fija la actualización de los créditos mediante el índice RIPTE más una tasa de interés puro del 6% anual.

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