SCIARRILLO, NICOLAS ARIEL (1) c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Trabajador reclama por accidente de trabajo. Cámara confirma sentencia que reconoce el derecho a percibir prestaciones dinerarias.
Prestaciones dinerarias por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia que reconoció al actor el derecho a percibir prestaciones dinerarias en los términos de la ley 24.557 por las afecciones contraídas a consecuencia de las tareas cumplidas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La recurrente no impugnó el dictamen pericial ni solicitó la valoración de la incapacidad conforme las pautas del decreto 659/96, por lo que no logra configurar una crítica concreta y razonada a la sentencia.
- El cálculo del monto indemnizatorio fue realizado de conformidad con la fórmula legal establecida en las leyes 24.557 y 26.773.
- La fijación de la fecha de inicio del cómputo de intereses desde el momento del accidente es correcta, ya que las sentencias son declarativas y el perjuicio se produce en el momento del infortunio.
- Los honorarios lucen regulados adecuadamente.
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