SIMONETTI, ALEXIS NAHUEL c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El trabajador reclamó indemnización por accidente de trayecto. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia para ordenar a la ART que brinde los tratamientos médicos y psicológicos recomendados.
Indemnización por accidente de trayecto sufrido en julio de 2015, que le generó fractura de costillas, clavícula y columna, con incapacidad del 51,45%.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma el porcentaje de incapacidad fijado por la pericia médica. Ordena a la ART que brinde los tratamientos físicos y psicológicos recomendados por la perito. Modifica la forma de cálculo de los intereses. "Comparto el análisis y razonamiento que la juzgadora de la anterior instancia realizó en el fallo que se intenta cuestionar. Por ello, dado que observo que la pericia medica ha sido confeccionada con arreglo a lo normado por el art. 472 del CPCCN, la misma reviste suficiente valor probatorio (conf. art.386 y 477 del CPCCN)." "En efecto, destaco que el Dto. 659/96 en el acápite "Factores de ponderación", punto 4. Operatoria, establece que "Una vez determinados los valores de cada uno de los tres (3) factores de ponderación, éstos se sumarán entre sí, determinando un valor único. Este único valor será el porcentaje en que se incrementará el valor que surja de la evaluación de incapacidad funcional de acuerdo a la tabla de evaluación de incapacidades laborales" (cfr. "Cortez Sánchez Cristian Raúl c/ Miralejos SA y Otros s/ Accidente-Acción Civil", SD 91753, del 12/04/2017, del registro de esta Sala)."
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