LUNA, LEONARDO NEHUEN c/ FEDERACION PATRONAL ART S.A. Y OTRO s/RECURSO DECISION COMISION MEDICA CENTRAL
Trabajador apeló resolución de Comisión Médica Central que confirmó porcentaje de incapacidad. La Cámara confirmó el dictamen al considerar que el trabajador no logró desvirtuar los fundamentos de la resolución apelada.
Recurso contra resolución de Comisión Médica Central que determinó 2,40% de incapacidad por accidente laboral
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central. Señaló que el trabajador no logró controvertir el dictamen impugnado ni comparecer a las pericias médicas ordenadas, por lo que no aportó prueba para desvirtuar lo resuelto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"(...) observo que la C.M.C. concluyó en base al examen físico realizado ante la Comisión Médica Jurisdiccional que "…la incapacidad física determinada por la secuela objetivada se ha establecido dentro del marco de la normativa de aplicación en vigencia (Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales, aprobada por el Decreto Nº 659/96 –Anexo sustituido por el art. 2º del Decreto Nº 49/14-: incapacidad física por limitación funcional del índice izquierdo: IFD 0º-50º: 2,00%), así como los factores de ponderación aplicados, y que no se han aportado con el recurso los elementos de naturaleza médica que permitan desvirtuar lo oportunamente resuelto, por lo cual se ratifica el dictamen de la Comisión Médica de origen." "Conforme lo dispuesto por el art. 377 CPCCN recaía en la parte actora la carga de probar la existencia del daño invocado como consecuencia del infortunio de autos, lo que no ha ocurrido. Y en ese sentido, considero que la ausencia de prueba en autos referida a dichos aspectos sella la suerte adversa de la pretensión inicial."
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