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ACUÑA, HUGO SEBASTIAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia de primera instancia respecto al cálculo de intereses y los honorarios profesionales.

Intereses Accidente de trabajo Honorarios profesionales Capitalizacion Ley especial Justicia nacional del trabajo

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en dos aspectos: 1) Respecto a los intereses, la Cámara determinó que deben calcularse conforme lo dispuesto en el art. 11 de la ley 27.348, que establece la aplicación de la tasa activa del Banco Nación. Adicionalmente, la Dra. Pinto Varela propuso que los intereses se capitalicen desde la recepción del expediente administrativo ante la Justicia Laboral, a fin de compensar la privación del capital y mantener el valor de la indemnización. 2) En cuanto a los honorarios profesionales, la Cámara dejó sin efecto las regulaciones de primera instancia y estableció nuevos montos: 34,01 UMA para el patrocinio letrado del actor, 47,26 UMA para la representación de la demandada, y 9 UMA para el perito médico.

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