FARIAS, JAVIER ENRIQUE c/ CLEAR PETROLEUM S.A. Y OTRO s/DIFERENCIAS DE SALARIOS
El actor reclamó diferencias salariales por cálculo de licencias y viandas. La Cámara confirmó el rechazo de la demanda por falta de prueba de la práctica alegada.
Diferencias salariales por cálculo de licencias por enfermedad o accidente, y por inclusión de rubros "vianda" y "ayuda alimentaria" en el cálculo.
¿Qué se resolvió?
Se rechaza el reclamo. La Cámara consideró que no se acreditó la existencia de una práctica empresarial de calcular los salarios por licencia con el divisor 25, ni que los rubros "vianda" y "ayuda alimentaria" no hubieran sido incluidos en el cálculo. Por lo tanto, no corresponde realizar un cálculo diferente al previsto legalmente.
"Más allá de las genéricas disquisiciones expuestas por el recurrente, lo cierto es que se desentiende en forma absoluta del argumento desestimatorio expuesto en el fallo de la anterior instancia, en cuanto a la ausencia total de prueba que acredite, aún en grado de indicio, que la empleadora abonara –con anterioridad y como una "fuente de derecho"
- los "haberes por licencia y/o enfermedad" conforme el divisor diferencial 25."
"Del solo confronte de aquél surge que los guarismos allí consignados son resultado de "las pautas de la demanda" (conf. respuesta a pregunta 8). En este sentido, dichas pautas fueron objeto de específico rechazo por parte de la magistrada de grado, en tanto que "es improcedente 'actualizar' rubros del semestre para considerar promedios, ya que esta metodología sólo resultaría procedente si las propias normas lo establecieran (como en el caso del cálculo del IBM por la ley 27348), lo que no ocurre en el caso del artículo 208 de la LCT", razonamiento y conclusión absolutamente soslayados por el recurrente."
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