CABALLERO, LUCIANO ESTEBAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO DECISION COMISION MEDICA CENTRAL
El suboficial principal de Gendarmería Nacional recurrió la decisión de la Comisión Médica que determinó que no padece incapacidad en sus rodillas. La Cámara declara la existencia de litispendencia con un expediente anterior y ordena el archivo de las actuaciones.
Incapacidad por dolencias en las rodillas derivadas de sus tareas laborales de patrullaje, control de rutas y vigilancia.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declara la litispendencia con un expediente anterior (N° 6.267/2018) y ordena el archivo de las actuaciones. Fundamenta que existe triple identidad de sujeto, causa y objeto entre ambos procesos, lo que impone evitar dispendio jurisdiccional y sentencias contradictorias.
- Extractos relevantes:
"En este orden de ideas, no hay duda de que se verifican los presupuestos de procedencia para declarar la litispendencia entre el pleito radicado en el juzgado y el presente, ello por cuanto existe triple identidad entre ambos pleitos de sujeto, causa y objeto."
"Ello impone, por motivos de orden lógico y jurídico, a fin de evitar mayor dispendio jurisdiccional y eventuales sentencias contradictorias -con su consecuente escándalo jurídico
- declarar la existencia de dicha litispendencia, y disponer el archivo de las presentes actuaciones."
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