Logo

AMARILLA, EZEQUIEL EUDARDO c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y dispuso que los intereses deben calcularse de acuerdo a lo establecido en la ley 27.348.

Intereses Accidente de trabajo Ley de riesgos del trabajo Inconstitucionalidad Delegacion legislativa Decreto 669 19

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

Se modificó la sentencia de primera instancia para establecer que los intereses deben calcularse conforme la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco Nación Argentina, desde la fecha del siniestro hasta la notificación del recurso, momento en que se capitalizarán por única vez. Se confirmaron los honorarios regulados en primera instancia. Los fundamentos principales fueron:
- La Sala declaró la inconstitucionalidad del Decreto 669/19 que modificaba la fórmula de actualización de las indemnizaciones por considerarlo que no cumplía con los requisitos de necesidad y urgencia exigidos para su dictado.
- Tampoco es posible mutar ese decreto a decreto delegado, ya que la materia de riesgos del trabajo no encuadra en las excepciones contempladas por el art. 76 de la Constitución Nacional para habilitar la delegación legislativa.
- Por lo tanto, corresponde aplicar el régimen de intereses previsto en la Ley 27.348.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar