BIGLIERI, ALAN FACUNDO c/ SAMSUNG ELECTRONICS ARGENTINA S.A. Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido indirecto contra Samsung Electronics Argentina S.A. y Galander S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia y condenó solidariamente a las demandadas a abonar conceptos de la liquidación final.
Despido indirecto, aplicación art. 29 LCT (vínculo directo con SEASA), y pago de indemnizaciones y rubros adeudados.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda. Condenó solidariamente a SEASA y Galander S.A. al pago de $17.173,92 en concepto de salario, vacaciones y SAC proporcional, por considerar que Galander S.A. prestaba un servicio que integraba la actividad normal y específica de SEASA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El actor no logró acreditar el vínculo directo con SEASA en la demanda, por lo que no corresponde analizar argumentos nuevos en apelación.
- Galander S.A. era la verdadera empleadora, y correspondía condenarla al pago de la liquidación final adeudada.
- SEASA responde solidariamente por aplicación del art. 30 LCT, ya que contrataba a Galander S.A. para brindar un servicio técnico esencial para su actividad.
- Se fijaron intereses con capitalización anual según criterio de Actas Cámara.
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