RUIZ, PABLO ALEJANDRO c/ OMINT ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y redujo el porcentaje de incapacidad psíquica.
Accidente de trabajo sufrido el 15/03/2019 mientras realizaba tareas de mantenimiento, en el que se lastimó el dedo pulgar de la mano derecha.
¿Qué se resolvió?
Se confirma el 4% de incapacidad física, pero se reduce al 6,05% el porcentaje total de incapacidad, al considerar que el daño psíquico del 10% determinado no guarda relación causal adecuada con el accidente de leve entidad. Se modifica el monto de condena a $356.091,85.
Fundamentos relevantes:
- El informe pericial médico que determinó 16,12% de incapacidad total se encuentra debidamente fundado, por lo que la jueza de grado no incurrió en error al receptarlo.
- Sin embargo, el daño psíquico del 10% no se encuentra adecuadamente relacionado con el accidente de trabajo de leve entidad, ya que el impacto psicológico debe ser proporcional a la magnitud de la lesión física.
- Conforme la teoría de la causa adecuada, el infortunio de menor gravedad no es idóneo para producir un estado patológico psíquico de la envergadura dictaminada.
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