MEDINA, JOSE MARIA c/ SILYM SOCIEDAD ANONIMA SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra una sociedad anónima. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la declaración de incompetencia territorial realizada por el juzgado de primera instancia.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la declaración de incompetencia territorial realizada por el juzgado de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El juzgado declaró la incompetencia territorial de forma apresurada, sin esperar la respuesta de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas.
- La documentación aportada por el actor, como recibos de sueldo y constancia de inscripción en AFIP, evidencian que la sociedad demandada tiene domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Además, la publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina de dos sociedades con la denominación "SILYM" también indica que se encuentran radicadas en esta ciudad.
- Por lo tanto, correspondía que el juzgado realizara un mayor esfuerzo para identificar correctamente a la persona jurídica demandada, en lugar de declarar la incompetencia.
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