GODOY, ALEJANDRO MAXIMILIANO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La parte demandada apeló la sentencia que fijó los intereses a aplicar. La Cámara modificó la decisión de instancia y dispuso aplicar la tasa de interés prevista en la Ley 27.348.
Accidente
- Ley Especial (Ley de Riesgos del Trabajo)
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y dispuso que el monto de condena devengará intereses conforme la tasa prevista en el art. 11 inc. 3 de la Ley 27.348, en lugar de la tasa fijada por el Acta 2658 de la CNAT.
Fundamentos principales:
- El art. 11 inc. 3 de la Ley 27.348 establece que a partir de la mora en el pago de la indemnización, se aplicará lo dispuesto en el art. 770 del Código Civil y Comercial, por lo que corresponde aplicar la tasa activa del Banco de la Nación Argentina.
- Las pautas fijadas por la CNAT en sus Actas no pueden desplazar a la tasa de interés establecida legalmente.
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