RUIZ, EDUARDO ARIEL c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y modificó la fecha a partir de la cual se devengarán los intereses.
Indemnización por incapacidad psicofísica sobreviniente a un accidente de trabajo ocurrido el 02/03/2012.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y condenó a la ART a abonar al trabajador la suma de $ 66.169,58 en concepto de indemnización. Sin embargo, modificó la fecha a partir de la cual se devengarán los intereses, disponiendo que éstos se apliquen desde la fecha del accidente (02/03/2012).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que el informe pericial médico y psicológico acreditaron adecuadamente las lesiones y secuelas sufridas por el trabajador a raíz del accidente. Respecto a los intereses, señaló que deben computarse desde la fecha del siniestro y no desde la fecha del alta médica, conforme la jurisprudencia de la Corte Suprema y de esta Cámara.
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