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ACOSTA STASIENIUK, GABRIELA PATRICIA Y OTRO c/ CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.A. s/DIFERENCIAS DE SALARIOS

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la sentencia de primera instancia que incluyó conceptos convencionales en la base salarial para el cálculo de créditos laborales.

Intereses Diferencias salariales Convenio colectivo Base salarial Conceptos no remunerativos Acordada cnat

Diferencias salariales

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que incluyó en la base salarial los conceptos convencionales considerados no remunerativos, señalando que dichos pagos tienen naturaleza salarial por disposición legal del art. 103 LCT, por lo que las partes no pueden modificarlos a través de la negociación colectiva. Asimismo, confirmó la aplicación de la Acordada CNAT 2764/2022 sobre tasas de interés.

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