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PUENTE, ANA INES c/ INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/DESPIDO

La trabajadora demandó el despido incausado. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal modificó la sentencia de primera instancia y limitó los intereses a aplicar en caso de resultar desproporcionados.

Intereses Codigo civil y comercial Capitalizacion Desproporcion Despido incausado


¿Quién es el actor?

Ana Inés Puente

¿A quién se demanda?

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido incausado

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que consideró improcedente el despido, pero modificó la sentencia respecto a los intereses, limitándolos en caso de resultar desproporcionados. Fundamentos principales:
- La Cámara consideró que la demandada no logró justificar adecuadamente el recurso, limitándose a transcribir resoluciones administrativas e insistir en la supuesta renuncia de la trabajadora, sin cuestionar los argumentos de la sentencia de primera instancia.
- Respecto a la capitalización de intereses, la Cámara consideró que la decisión de primera instancia se ajusta a lo previsto en el Código Civil y Comercial, siendo procedente la capitalización desde la notificación de la demanda o desde que el juez manda pagar la suma resultante y el deudor es moroso.
- No obstante, la Cámara estableció que, en caso de que la aplicación del Acta 2764 resulte desproporcionada, se deberá considerar lo previsto en el art. 771 del Código Civil y Comercial, ajustando el monto de la condena.

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