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CHIRINOS VASQUEZ, CLAUDIO FERNANDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor demandó por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia reduciendo el monto indemnizatorio por considerar improcedente la incapacidad psicológica estimada.

Indemnizacion Incapacidad fisica Incapacidad psicologica Accidente de trabajo Ley 26 773 Ley 24 557

Indemnización por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto indemnizatorio al considerar improcedente la incapacidad psicológica estimada en 10% de la T.O. Estableció una incapacidad física indemnizable del 14,20% de la T.O., con un monto de $1.598.119,55. Los jueces consideraron que la incapacidad psíquica debe guardar proporcionalidad con la incapacidad física, y en este caso concreto, donde el actor no denunció padecimientos psicológicos durante la tramitación previa, la afección psicológica del 10% informada por el perito no resultaba razonable en relación al daño físico estimado en 11% de la T.O.

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