SOTELO, LUIS IGNACIO c/ M. DODERO COMPAÑIA GENERAL DE SERVICIOS S.A. Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra M. Dodero Compañía General de Servicios S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia que condenó solidariamente a la codemandada por aplicación del art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo.
¿Quién es el actor?
Luis Ignacio Sotelo
¿A quién se demanda?
M. Dodero Compañía General de Servicios S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Despido
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia que condenó solidariamente a la codemandada en los términos del art. 30 LCT.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La codemandada no logró desvirtuar la aplicación del art. 30 LCT, ya que las tareas de empaquetado, carga y descarga realizadas por el actor en beneficio de la demandada resultaban necesarias e inescindibles de su actividad principal.
- No es necesaria una intimación previa de trabajador a la codemandada para la procedencia de la indemnización del art. 45 Ley 25.345, ya que la responsabilidad de la codemandada deriva de la solidaridad prevista en el art. 30 LCT.
- Se modifica la tasa de interés aplicable, estableciendo un límite máximo equivalente a la actualización del capital histórico por IPC más 6% anual, en caso de que la aplicación de la pauta del Acta 2764 de la Cámara resulte mayor.
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