CAPURSO, EMILIANO SALVADOR c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo y obtuvo una sentencia favorable que fue parcialmente modificada en apelación. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la incapacidad física y psíquica otorgada al trabajador y modificó el cómputo de los intereses.
Accidente de trabajo que le provocó síndrome de hombro doloroso, tendinosis y peritendinosis del supraespinoso con incapacidad del 34,85%.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la incapacidad física y psíquica del actor pero modificó el cómputo de intereses, disponiendo que el crédito devengue intereses desde la fecha del accidente con capitalización anual a partir del 01/01/2023.
Fundamentos relevantes:
- Sobre la incapacidad física y psíquica: El tribunal confirmó la valoración del perito médico respecto a la incapacidad del actor, considerando que la ausencia del examen preocupacional implicaba presumir que el trabajador ingresó en buen estado de salud.
- Sobre los intereses: La Cámara consideró que los intereses deben correr desde la fecha del accidente y no desde la declaración de incapacidad permanente, a fin de evitar perjudicar al trabajador. Dispuso una capitalización anual a partir del 01/01/2023.
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