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AQUINO, ANAHI ROCIO c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia al reconocer una incapacidad psíquica del 4% adicional a la incapacidad física.

Nexo causal Incapacidad fisica Accidente de trabajo Incapacidad psiquica Revision judicial Determinacion pericial

Accidente de trabajo sufrido el 25/06/2022 que le provocó una incapacidad física del 9,7% y una incapacidad psíquica del 4% de la total obrera.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la incapacidad física del 9,7% reconocida en primera instancia y adicionó una incapacidad psíquica del 4%, por lo que la incapacidad total reconocida es del 15,1%. Modificó el monto indemnizatorio en base a estos porcentajes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Si bien los jueces no están obligados a aceptar las conclusiones periciales, para apartarse de ellas deben existir razones muy fundadas. En el caso, el informe pericial médico justificó adecuadamente la existencia de una incapacidad psíquica del 4% relacionada causalmente con el accidente.
- El juicio de causalidad es jurídico, pero corresponde a los peritos determinar la existencia y etiología de la afección psíquica, lo cual fue realizado de forma fundada en el caso.
- No se advierten elementos que permitan descartar el dictamen pericial sobre la incapacidad psíquica.

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