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DIEZ, VALERIA VANINA c/ SAS CONSULTORA DE EMPRESAS S.A. Y OTROS s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que hizo lugar a los reclamos laborales.

Capitalizacion de intereses Multa Responsabilidad solidaria Despido indirecto Call center Tercerizacion de actividades


¿Quién es el actor?

Valeria Vanina Diez
- Demandados: SAS Consultora de Empresas S.A. y Telefónica de Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de diversos créditos laborales y reclamo por despido.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el encuadramiento del vínculo laboral conforme al art. 29 LCT, la procedencia del despido indirecto, las indemnizaciones derivadas y la multa del art. 2 Ley 25.323. También confirmó la condena solidaria de Telefónica de Argentina S.A. en los términos del art. 30 LCT. Respecto a la tasa de interés, se dispuso que los intereses se devenguen conforme al art. 770 inc. b) CCyCN. Fundamentos relevantes:
- Para que exista responsabilidad solidaria de la contratante en los términos del art. 30 LCT, basta que la actividad que realiza el trabajador sea normal y habitual de la empresa, aunque se trate de tareas accesorias.
- La capitalización de intereses dispuesta en el art. 770 inc. b) CCyCN es una solución justa y equitativa que compensa adecuadamente la privación del capital del acreedor.

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