PERALTA, NORMA BEATRIZ c/ CLANTEX S.A. Y OTRO s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido incausado contra Clantex S.A. y Martina Di Trento S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia al eximir a Martina Di Trento S.A. de la condena de entregar el certificado de trabajo y al establecer que los intereses se computen de acuerdo al criterio de la Dra. García Vior.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora Norma Beatriz Peralta demandó a Clantex S.A. y Martina Di Trento S.A. por despido incausado. El juez de primera instancia condenó de manera solidaria a ambas codemandadas. La Cámara confirmó la condena solidaria a Martina Di Trento S.A. en los términos del art. 30 LCT, considerando que la actividad de Clantex S.A. estaba dirigida a fabricar y comercializar la indumentaria de Martina Di Trento S.A. bajo su poder de organización. Sin embargo, la Cámara eximió a Martina Di Trento S.A. de la condena de entregar el certificado de trabajo previsto en el art. 80 LCT, por tratarse de una obligación personal del empleador. Asimismo, la Cámara estableció que los intereses deben computarse aplicando el criterio de la Dra. García Vior, en cuanto a la tasa de interés y la forma de capitalización, a fin de evitar la licuación del crédito. Por último, la Cámara reguló los honorarios de los profesionales intervinientes.
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