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URQUIZA VILLANUEVA, GIOCONDA MARJORIE c/ CARBONE, HUGO MIGUEL s/DESPIDO

La Cámara Nacional de Apelaciones confirma la sentencia que declaró procedentes las indemnizaciones por despido incausado, al considerarse insuficiente la comunicación rescisoria del contrato.

Indemnizacion Derecho de defensa Lct Despido Comunicacion rescisoria Arts 242 243


¿Quién es el actor?

Gioconda Marjorie Urquiza Villanueva

¿A quién se demanda?

Hugo Miguel Carbone

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación por despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y declaró procedentes las indemnizaciones por despido incausado. Fundamentos principales:
- El art. 243 de la LCT exige que la comunicación rescisoria del contrato exprese clara e invariablemente los motivos del distracto, lo que no se observó en el caso. La falta de individualización concreta de los hechos que fundamentaron el despido impidió el ejercicio del derecho de defensa.
- La empleadora se limitó a invocar genéricamente "injurias", sin detallar circunstancias de tiempo, lugar e individualización, lo cual es imprescindible para considerar justificado el despido.
- Por lo tanto, se confirmó la declaración de despido incausado y el progreso de las indemnizaciones reclamadas.

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