KOZUTA, ANA MARIA c/ OMINT ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora reclamó incapacidad física y psíquica derivada de accidentes laborales. La Cámara confirmó la incapacidad física del 10,6% pero revocó la incapacidad psíquica determinada en primera instancia.
Incapacidad física y psíquica derivada de dos accidentes laborales
¿Qué se resolvió?
- Se confirma la incapacidad física del 10,6% determinada por el perito médico
- Se revoca la incapacidad psíquica del 15% determinada en primera instancia, ya que no se advierte relación causal entre el accidente y dicha afección
- Se ordena la capitalización de intereses según los criterios jurisprudenciales
- Se imponen las costas de primera instancia a la demandada y se mantienen los honorarios fijados.
Fundamentos relevantes:
- "no advierto que, de un accidente como el que consta en autos, pueda derivarse un estado patológico como el mencionado en la evaluación psíquica"
- "los dictámenes periciales, en nuestro sistema, no revisten el carácter de prueba legal y están sujetos a la valoración de los jueces"
- Se confirma la aplicación de los factores de ponderación para determinar la incapacidad física del 10,6%
- Se declara la inconstitucionalidad del DNU 669/2019 invocado por la actora
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