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GARCIA, DIEGO JOSE c/ AUTOFRANCE S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por diferencias salariales y despido. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios.

Responsabilidad solidaria Diferencias salariales Despido Mejor remuneracion Art 30 lct Unidad tecnica de ejecucion

Diferencias salariales por tareas de supervisor y despido indirecto

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, aumentando los montos indemnizatorios por mejor remuneración y aplicando la responsabilidad solidaria de Peugeot Citroën Argentina S.A. con fundamento en el art. 30 LCT. Confirmó la improcedencia del reclamo por tareas de supervisor. La Cámara consideró que existía una unidad técnica de ejecución entre las empresas, y que Peugeot Citroën Argentina S.A. no había acreditado haber ejercido el debido control sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales de Autofrance S.A., por lo que correspondía aplicar la solidaridad establecida por el art. 30 LCT. Asimismo, modificó los montos indemnizatorios por despido, al considerar que debía tomarse la mejor remuneración y no la promedio. Por el contrario, confirmó la improcedencia del reclamo por tareas de supervisor al entender que el actor no logró acreditarlas.

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