TURNES ARREJIN, GISELA ALEJANDRA c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora reclamó una incapacidad psicofísica por un accidente in itinere. La Cámara modificó la sentencia para aplicar el sistema de capitalización previsto en el Código Civil y Comercial en lugar de la tasa del DNU 669/19, declarado inconstitucional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- ACTOR: Gisela Alejandra Turnes Arrejin
- DEMANDADO: Experta ART S.A.
- OBJETO: Reclamación de incapacidad psicofísica por accidente in itinere
- DECISIÓN: La Cámara confirmó el reconocimiento de una incapacidad del 36,6% y del 10% por la incapacidad psíquica, pero modificó la forma de calcular los intereses, declarando inconstitucional el DNU 669/19 y aplicando el sistema de capitalización previsto en el Código Civil y Comercial.
Los fundamentos principales fueron:
- El DNU 669/19 es inconstitucional porque altera la cuantificación de las prestaciones obligacionales debidas, sin que existan razones de necesidad y urgencia que justifiquen una norma de excepción. Además, contraviene normas del Código Civil y Comercial sobre intereses.
- Si bien en la coyuntura actual la aplicación del DNU 669/19 podría resultar más favorable al trabajador, esto no convalida su invalidez constitucional originaria, ya que no debe supeditarse el análisis a los resultados aritméticos coyunturales.
- Corresponde aplicar el sistema de capitalización previsto en el Código Civil y Comercial, por ser una norma de orden público.
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