Logo

DOS PASSOS, DANIEL MARCELO c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor sufrió un accidente de trabajo y reclamó indemnización por incapacidad psicofísica. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y redujo el monto de la condena al considerar que la incapacidad psíquica determinada no se encuentra debidamente acreditada.

Intereses Incapacidad psicofisica Accidente de trabajo Ingreso base mensual Reaccion vivencial anormal neurotica Ley 27348 Decreto 669 19 Baremo 659 96

Indemnización por accidente de trabajo y secuelas psicofísicas
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, confirmando la incapacidad física del 8,96% pero reduciendo la incapacidad psíquica determinada del 10% al considerar que no se encuentra debidamente acreditada. En consecuencia, el monto indemnizatorio se redujo a $1.975.665,84. Se confirmaron los honorarios de primera instancia y se impusieron las costas de alzada a la demandada. Los principales fundamentos fueron:
- Respecto de la incapacidad física, se confirmó el 8,96% determinado por el perito, al ajustarse al Baremo 659/96 de aplicación obligatoria.
- En cuanto a la incapacidad psíquica del 10%, se consideró que el cuadro descripto no se equipara a una reacción vivencial anormal neurótica de grado II, por lo que se desestimó ese rubro.
- Para la determinación del ingreso base mensual, se aplicó lo dispuesto en el art. 11 de la ley 27348 y el Decreto 669/19, actualizando las últimas 12 remuneraciones por el índice RIPTE al mes del siniestro y adicionando un interés equivalente a la variación del RIPTE hasta la liquidación.
- Respecto de los intereses, se aclaró que deben adicionarse en los términos del fallo "Maidana", es decir, un 8% anual en concepto de interés moratorio.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar