COBOS, JUAN JOSE c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia en relación al cálculo de los intereses que deben aceder al capital indemnizatorio.
Prestaciones dinerarias por accidente de trabajo
- Decisión: La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, disponiendo que la acreencia se cuantifique con ajuste al régimen instituido por la ley 24.557 según el texto del DNU 669/2019, con aplicación de una tasa de interés puro del 6% anual desde la fecha del accidente hasta la liquidación definitiva.
Fundamentos principales:
- El decreto 669/2019 estableció un sistema especial de valorización de las prestaciones dinerarias de la ley de riesgos del trabajo, mediante un índice salarial (RIPTE), el cual implica un mecanismo de actualización que atiende al valor actual del crédito.
- Sobre el período previo a la liquidación definitiva, corresponde aplicar una tasa de interés puro del 6% anual, a fin de compensar al acreedor por la privación del uso del capital, sin que dicha tasa contenga elementos de recomposición del capital.
- A partir de la liquidación definitiva, los intereses se acumularán al capital en forma semestral según lo establecido en el Código Civil y Comercial.
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