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DURAN, JUAN c/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y aumentó el porcentaje de incapacidad psicofísica del trabajador.

Intereses Incapacidad laboral Causalidad Accidente de trabajo Prestaciones dinerarias Reaccion vivencial anormal neurotica Menisectomia

Prestaciones dinerarias por accidente de trabajo
- Decisión: La Cámara revocó la resolución de la Comisión Médica, determinó que el trabajador presenta una incapacidad psicofísica del 8,96% y condenó a la aseguradora a pagar las prestaciones dinerarias correspondientes.
- Fundamentos:
- El perito médico designado en la causa concluyó que el trabajador presenta secuela de menisectomía de rodilla derecha que le provoca una incapacidad del 5% y un cuadro de Reacción Vivencial Anormal Neurótica Grado II que le genera una incapacidad del 3%, totalizando una incapacidad del 8,96% de la total obrera.
- La Cámara entendió que las afecciones psicofísicas del trabajador guardan relación causal adecuada con el accidente de trabajo sufrido.
- Respecto a los intereses, se aplicó la tasa del 6% anual desde la fecha del accidente.

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