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DURAN, JUAN c/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y aumentó el porcentaje de incapacidad psicofísica del trabajador.

Intereses Incapacidad laboral Causalidad Accidente de trabajo Prestaciones dinerarias Reaccion vivencial anormal neurotica Menisectomia

Prestaciones dinerarias por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la resolución de la Comisión Médica, determinó que el trabajador presenta una incapacidad psicofísica del 8,96% y condenó a la aseguradora a pagar las prestaciones dinerarias correspondientes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El perito médico designado en la causa concluyó que el trabajador presenta secuela de menisectomía de rodilla derecha que le provoca una incapacidad del 5% y un cuadro de Reacción Vivencial Anormal Neurótica Grado II que le genera una incapacidad del 3%, totalizando una incapacidad del 8,96% de la total obrera.
- La Cámara entendió que las afecciones psicofísicas del trabajador guardan relación causal adecuada con el accidente de trabajo sufrido.
- Respecto a los intereses, se aplicó la tasa del 6% anual desde la fecha del accidente.

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