FERREYRA, ANDREA KARINA c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral rechazó el reclamo por daño psicológico de una trabajadora que había sufrido un accidente, al considerar que el hecho de haber resbalado y caído sentada no tenía entidad suficiente para provocar la incapacidad psicológica determinada por el perito.
La trabajadora Andrea Karina Ferreyra demandó a su empleadora ART Galeno por un accidente de trabajo sufrido el 30/5/2016, cuando resbaló y cayó sentada de camino a la parada de colectivo. El Juez de primera instancia había rechazado la demanda, al otorgar valor probatorio al informe médico que indicaba que la actora no presentaba incapacidad física, y considerar que no estaba demostrado el nexo causal entre el accidente y el daño psicológico. En la apelación, los Jueces de Cámara confirmaron la sentencia de primera instancia. Argumentaron que si bien el perito determinó una incapacidad psíquica del 10%, el juzgador tiene la facultad de evaluar el nexo causal, y en este caso no advertían que un accidente de tan poca gravedad pudiera haber derivado en un estado patológico psicológico como el mencionado. Aplicando la teoría de la causa adecuada, concluyeron que el incidente de haber resbalado y caído sentada no tenía entidad suficiente para provocar la incapacidad psicológica establecida por el perito.
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