BUFFA, BRIAN EMIR c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor reclamó indemnización por accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y fijó los intereses desde la fecha del accidente.
Indemnización por accidente in itinere del 13/05/2015, con incapacidad del 23,92%.
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y determinó que los intereses deben correr desde la fecha del accidente (13/05/2015), declarando inconstitucional la Resolución 414/99 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo que establecía un plazo diferente. Confirmó la condena a ART Interacción S.A. pero no incluyó a Prevención ART S.A. en la condena. Mantuvo los honorarios regulados en primera instancia.
- Fundamentos:
- La Resolución 414/99 de la SRT que establecía el comienzo de los intereses a los 30 días de la prestación debida es inconstitucional, ya que excede las funciones de la SRT.
- Corresponde aplicar el art. 1748 del Código Civil y Comercial, que establece que los intereses corren desde la fecha del perjuicio.
- Prevención ART no es deudora personal de ART Interacción, sino sólo representante del Fondo de Reserva, por lo que no corresponde incluirla en la condena.
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