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ALONSO, CLAUDIA ALEJANDRA c/ OBRA SOCIAL EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL VIDRIO s/DESPIDO

La actora impugnó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a su demanda por despido. La Cámara confirmó lo resuelto, considerando adecuados los montos indemnizatorios otorgados.

Multas Despido Indemnizaciones Ley 24 013 Registracion laboral

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Sra. Alonso demandó a la Obra Social Empleados de la Industria del Vidrio por despido. Alegó que ingresó a trabajar como médica generalista en julio de 2007, pero la demandada recién la registró el 1/10/10. Señaló que el 30/06/18 fue despedida sin causa y que, a pesar de percibir la liquidación final, continuó prestando tareas bajo una modalidad fraudulenta de "locación de servicios" hasta el 23/12/20, cuando se consideró despedida. El juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a la demandada a abonar diversas indemnizaciones y multas. La actora apeló cuestionando los montos otorgados por las multas de los arts. 9 y 10 de la Ley 24.013. La Cámara desestimó los agravios de la actora, confirmando lo resuelto en primera instancia. Consideró que la irregularidad del último período se subsumía en el art. 8 de la Ley 24.013, cuya multa había sido correctamente aplicada, y que no correspondía la multa del art. 10 ya que no se verificó el pago de una remuneración menor a la percibida.

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