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ROSARIO GALINDO, EDGAR FELIPE c/ YPF SOCIEDAD ANONIMA Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido indirecto. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción, considerando que la reducción unilateral de la jornada laboral y el pago deficiente de la remuneración constituyeron un ejercicio abusivo del ius variandi por parte del empleador.

Intereses Solidaridad Remuneracion Ius variandi Despido indirecto

Despido indirecto por reducción unilateral de la jornada laboral y pago deficiente de la remuneración.
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción. Fundamentos relevantes:
- La reducción unilateral de la jornada laboral del actor y la merma remuneratoria constituyeron un ejercicio abusivo del ius variandi por parte del empleador, en violación de los límites establecidos en el art. 66 LCT.
- La remuneración del actor se abonaba en forma deficiente, lo que justificó la decisión extintiva a la luz del art. 242 LCT.
- Correspondió aplicar el agravamiento indemnizatorio previsto en el Decreto 34/19, al tratarse de un despido indirecto.
- Correspondió extender la condena solidariamente a YPF S.A. en los términos del art. 30 LCT, al acreditarse la vinculación comercial entre ambas demandadas y que la actividad de comercialización de combustibles de YPF integraba su objeto social.
- Se establecieron pautas respecto a la tasa de interés y su capitalización anual.

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