ROTHFUSS EDUARDO c/ NUCLEOELECTRICA ARGENTINA S.A. Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por incorrecto registro de su contrato de trabajo con Nucleoeléctrica Argentina SA. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el rechazo de la demanda al considerar que se trató de una tercerización de actividad permitida por la ley.
- Actor: Eduardo Rothfuss
- Demandados: Nucleoeléctrica Argentina SA y Bureau Veritas Argentina SA
- Objeto: Reclamó incorrecto registro de su contrato de trabajo, aplicación del CCT 51/05 "E", sanción del art. 1 ley 25.323, multa del art. 80 LCT y daños y perjuicios.
- Decisión: Se rechazó la demanda. La Cámara confirmó que no hubo una interposición fraudulenta de la empresa contratista, sino una tercerización de actividad permitida por ley, sin relación de dependencia entre el actor y Nucleoeléctrica Argentina SA. El actor había reconocido en un anterior acuerdo con Bureau Veritas que era empleado de esta empresa.
Fundamentos:
- No hay prueba de que el actor haya estado subordinado a Nucleoeléctrica Argentina SA, sino que recibía órdenes de Bureau Veritas.
- La tercerización de actividad está permitida en el derecho argentino, y Nucleoeléctrica Argentina SA le encomendó a Bureau Veritas la terminación de la construcción de la central nuclear.
- El hecho de que el actor haya sido posteriormente incorporado por Nucleoeléctrica Argentina SA no demuestra una relación de dependencia previa, sino una cesión del contrato de trabajo.
- El actor reconoció en un anterior acuerdo con Bureau Veritas que era empleado de esta empresa, por lo que no puede ahora desconocer esa situación.
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