OJEDA, HUGO GABRIEL c/ LA SEGUNDA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El trabajador demandó por accidente de trabajo. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, estableciendo la aplicación de la tasa de interés de las Actas CNAT N° 2601, 2630 y 2658 con capitalización anual.
¿Quién es el actor?
Hugo Gabriel Ojeda
¿A quién se demanda?
La Segunda ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó la aplicación de intereses desde la fecha del evento dañoso, pero modificó la tasa de interés a aplicar, estableciendo que corresponde la tasa de las Actas CNAT N° 2601, 2630 y 2658, con capitalización anual desde el 1/8/2015 según lo dispuesto en el Acta CNAT N° 2764/22. Confirmó los honorarios regulados en primera instancia.
Fundamentos relevantes:
- La Cámara considera que en casos como el presente, los intereses deben calcularse desde el momento del evento dañoso, que es el hecho que da nacimiento a la obligación de indemnizar.
- Respecto a la tasa de interés, la Cámara aplicó el criterio establecido en el Acta CNAT N° 2764/22, que introdujo la capitalización anual de intereses a partir de la notificación de la demanda, para aquellos casos sin sentencia firme y no alcanzados por un régimen legal especial.
- Sin embargo, dado que el crédito se originó con anterioridad a la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial, la capitalización se estableció a partir del 1/8/2015 y no desde la notificación de la demanda.
- Los honorarios de los profesionales fueron confirmados por considerarlos adecuados en relación a las características, extensión y oficiosidad de las labores realizadas.
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