OJEDA, HUGO GABRIEL c/ LA SEGUNDA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El trabajador demandó por accidente de trabajo. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, estableciendo la aplicación de la tasa de interés de las Actas CNAT N° 2601, 2630 y 2658 con capitalización anual.
- Actor: Hugo Gabriel Ojeda
- Demandado: La Segunda ART S.A.
- Objeto: Accidente de trabajo
- Decisión: La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó la aplicación de intereses desde la fecha del evento dañoso, pero modificó la tasa de interés a aplicar, estableciendo que corresponde la tasa de las Actas CNAT N° 2601, 2630 y 2658, con capitalización anual desde el 1/8/2015 según lo dispuesto en el Acta CNAT N° 2764/22. Confirmó los honorarios regulados en primera instancia.
Fundamentos relevantes:
- La Cámara considera que en casos como el presente, los intereses deben calcularse desde el momento del evento dañoso, que es el hecho que da nacimiento a la obligación de indemnizar.
- Respecto a la tasa de interés, la Cámara aplicó el criterio establecido en el Acta CNAT N° 2764/22, que introdujo la capitalización anual de intereses a partir de la notificación de la demanda, para aquellos casos sin sentencia firme y no alcanzados por un régimen legal especial.
- Sin embargo, dado que el crédito se originó con anterioridad a la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial, la capitalización se estableció a partir del 1/8/2015 y no desde la notificación de la demanda.
- Los honorarios de los profesionales fueron confirmados por considerarlos adecuados en relación a las características, extensión y oficiosidad de las labores realizadas.
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