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VENINI, DANIEL ROBERTO c/ EMPRESA SAN VICENTE S.A. s/DESPIDO

El actor reclamó despido indirecto injustificado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia en lo referido a los intereses, confirmándola en lo demás.

Intereses Accidente de trabajo Art Despido indirecto Art 771 ccyc

Despido indirecto injustificado

¿Qué se resolvió?


- Se rechaza el cuestionamiento del actor sobre el fondo del asunto y la conclusión de primera instancia que considera injustificado el despido indirecto.
- Se modifica la sentencia en cuanto a los intereses, disponiendo que la suma diferida a condena devengue intereses desde la fecha establecida en origen, conforme las tasas previstas por las Actas CNAT 2601, 2630 y 2658, con capitalización anual, todo ello hasta la liquidación prevista. Se establece un parámetro objetivo del 7% anual como límite para la aplicación del art. 771 del Código Civil y Comercial.
- Se confirma lo demás decidido en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La sentencia de primera instancia que rechazó la demanda en lo principal fue adecuada, pues el actor no logró probar los hechos en que sustentó la medida resolutoria (falta de pago de salarios).
- El actor se encontraba con licencia médica por accidente de trabajo, correspondiendo el pago de salarios a la ART, no al empleador.
- En cuanto a los intereses, se dispone su aplicación con una tasa anual del 7% como parámetro objetivo, pudiendo ajustarse el monto conforme el art. 771 del Código Civil y Comercial.
- Las costas se imponen por su orden en ambas instancias.

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