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COSTANTINO, VICTOR HUGO c/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó prestaciones por incapacidad física y psíquica derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia y elevó el monto indemnizatorio por el daño psicológico acreditado.

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Prestaciones por incapacidad física y psíquica derivada de accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia y elevó el monto de condena a $203.713,70 más intereses, por considerar probada la incapacidad psicológica del actor. El tribunal señaló que si bien la valoración de la prueba pericial es una atribución de los jueces, el apartamiento de las conclusiones del experto requiere fundamentos objetivos que demuestren que estas son contrarias a principios lógicos o máximas de experiencia. En el caso, el perito realizó una detallada descripción de las limitaciones psicológicas del actor, vinculándolas razonablemente a los padecimientos por el extenso tratamiento médico, por lo que la negativa de la primera instancia carecía de adecuada justificación. El hecho de que el actor continuara trabajando no implicaba la inexistencia de la incapacidad, pues esta puede ser parcial y las personas pueden desarrollar su vida con ciertos padecimientos. Por ello, se modificó la sentencia para reconocer la incapacidad psicológica reclamada.

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