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QUINTANA VERONICA PAOLA c/ SIEMENS S.A. s/DESPIDO

La actora reclamó indemnización por despido y beneficios relacionados con licencia por enfermedad. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia y condenó a la empleadora a abonar la indemnización por falta de consignación judicial de certificados.

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Indemnización por despido y beneficios relacionados con licencia por enfermedad

¿Qué se resolvió?


- La Cámara confirmó el rechazo del reclamo por extensión de la licencia médica, al no acreditarse la comunicación al empleador.
- Sin embargo, modificó la sentencia para hacer lugar a la indemnización prevista en el art. 80 de la LCT por falta de consignación judicial de los certificados de despido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- No se acreditó la comunicación de la extensión de la licencia médica más allá de la reconocida por la empleadora.
- Pero correspondía aplicar la multa del art. 80 LCT ya que la mera "puesta a disposición" de los certificados no cumple con la obligación legal de consignación judicial.
- Votos en disidencia: La Dra. Cañal propuso imponer las costas en ambas instancias a la demandada por ser parcialmente vencida, en atención al principio de acceso a la justicia de los trabajadores.

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