DURE, MATIAS NICOLAS c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor reclamó por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y eximió de condena al Fondo de Reserva de la LRT.
Accidente laboral
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y eximió de condena al Fondo de Reserva de la LRT, condenando únicamente a la ART Interacción S.A. La Cámara consideró que el Fondo de Reserva solo debe cubrir las prestaciones de la LRT y no debe responder por costas y gastos. Asimismo, confirmó la regulación de honorarios a la perita médica.
Los principales fundamentos fueron:
- La condena solo podía recaer sobre la ART, y el Fondo de Reserva solo debe cubrir las prestaciones de la LRT.
- Corresponde aplicar intereses compensatorios a los créditos laborales, conforme jurisprudencia de la CSJN, incluso en contextos de insolvencia/quiebra del empleador.
- Las costas del Fondo de Reserva se imponen en el orden causado, dado el carácter de la cuestión debatida.
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