QUIROGA CLAUDIO DIEGO c/ PROVINCIA ASEGURARDORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda por accidente de trabajo, disponiendo la aplicación de tasas de interés diferenciadas.
¿Quién es el actor?
CLAUDIO DIEGO QUIROGA
- Demandados: PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. Y OTRO
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Accidente de trabajo
- Ley Especial
¿Qué se resolvió?
La Cámara del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, disponiendo que el crédito objeto de condena devengue intereses desde la fecha del accidente (27/02/2012) hasta la entrada en vigor del Código Civil y Comercial (01/08/2015), momento en el cual se procederá a su acumulación al capital. El nuevo importe así obtenido, con los intereses capitalizados, continuará devengando accesorios a las tasas dispuestas por esta Cámara, hasta la fecha del efectivo pago.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala sostiene que, en casos como el presente, al monto de condena se deben adicionar los intereses, de conformidad con las tasas dispuestas por esta Cámara. Además, interpreta el art. 770 inc. b) del CCyC en relación a la tasa de interés aplicable a los créditos laborales, unificando el criterio al respecto.
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