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GONZALEZ, SONIA GAUTO c/ LORETTA S.R.L. s/DESPIDO

Trabajadora demandó por despido indirecto, Tribunal confirma sentencia que consideró justificado el despido indirecto por falta de registro de la relación laboral.

Intereses Costas Relacion laboral no registrada Despido indirecto Injuria grave Responsabilidad solidaria por transmision de establecimiento

Despido indirecto

¿Qué se resolvió?

El Tribunal confirma la sentencia de primera instancia que consideró justificado el despido indirecto por la falta de registro de la relación laboral.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La prueba testifical acreditó que la actora trabajó para la demandada desde antes de la fecha registrada.
- Conforme el art. 228 LCT, la demandada es responsable solidaria de las obligaciones laborales por la transmisión del establecimiento donde trabajaba la actora.
- La falta de registro de la relación laboral constituyó injuria grave que justificó el despido indirecto.
- Los intereses fueron aplicados conforme las Actas CNAT 2600, 2601, 2630 y 2658, con capitalización única a la notificación de la demanda.
- Las costas de primera y segunda instancia se impusieron en el orden causado.

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