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DIBELLA, MARIA TERESA c/ C2 S.A. s/DESPIDO

La trabajadora promovió demanda por despido incausado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó que el despido fue arbitrario y ordenó el pago de las indemnizaciones correspondientes.

Honorarios Indemnizacion por despido Despido incausado Ley 25 323 Decreto 34 19 Articulo 80 lct


¿Quién es el actor?

María Teresa Dibella

¿A quién se demanda?

C2 S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido incausado

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó que el despido fue arbitrario y ordenó el pago de las indemnizaciones por despido, incremento por la ley 25.323, doble indemnización del Decreto 34/19 y artículo 80 de la LCT. La Cámara consideró que la empleadora no acreditó la justa causa invocada para el despido. De la prueba testimonial no surge que la trabajadora se haya negado a cumplir sus tareas ni que los elementos de trabajo no funcionaran. Por lo tanto, el despido fue arbitrario. Se confirmó la procedencia del pago de las indemnizaciones, incluida la doble indemnización del Decreto 34/19, por encontrarse vigente al momento del despido. Respecto a la indemnización del artículo 80 LCT, se consideró que corresponde aun cuando el empleador haya intentado entregar los certificados, ya que éstos no contenían los datos reales de la relación laboral. Por último, se modificó la regulación de honorarios de la representación de la trabajadora, fijándolos en 39 UMAs.

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